Subvenciones TicketBAI

Para incentivar la implantación de TicketBAI, la Hacienda Foral de Bizkaia  establecerá una deducción en la cuota de IRPF o Impuesto sobre Sociedades del 30% del gasto asumido en la adquisición de Diamages Asesor y Diamages Cliente, softwares de facturación inscritos en el registro garante de Ticketbai. Asimismo, la Hacienda de Bizkaia ha establecido incentivos progresivos acordes a la adopción voluntaria del sistema.

Ayudas Hacienda Foral de Bizkaia

La compensación adicional consistirá en que las personas que implanten Batuz desde el 1 de enero de 2022 dispondrán, además de la deducción Batuz, de una reducción de su base imponible en IRPF o IS en los ejercicios 2022 y 2023. 

La progresividad de la compensación se establecería acorde a la siguiente tabla: Pincha aquí para más información

INICIO PERIODO VOLUNTARIO COMPENSACION DURACION
desde 1 enero 2022 15% BI en IRPF o IS en ejercicios 2022-2023
desde 1 abril 2022 13% BI en IRPF o IS en 2022 y 2023
desde 1 julio 2022 11% BI en IRPF o IS en 2022 y 2023
desde 1 octubre 2022 9% BI en IRPF o IS en 2022 y 2023
desde 1 enero 2023 5% BI en IRPF o IS en 2023
desde 1 abril 2023 4% BI en IRPF o IS en 2023
desde 1 julio 2023 3% BI en IRPF o IS en 2023
desde 1 octubre 2023 2% BI en IRPF o IS en 2023

Ayudas Hacienda de Gipuzkoa

Como excepción la Hacienda de Gipuzkoa aplicará una deducción del 60% para los voluntarios que comiencen a facturar con el sistema Ticketbai antes del 1 de diciembre de 2021. Pincha aquí para obtener más información.

Ayudas Hacienda Foral de Álava

La Hacienda Foral de Álava aplicará una deducción del, también, del 60% a los contribuyentes que implante el sistema de forma voluntaria a partir del 1 de enero del 2022. Pincha aquí para obtener más información. 

¿Qué es la deducción TICKETBAI?

Como regla general es una deducción que permite reducir la cuota del IRPF o del IS de los contribuyentes obligados en un 30 por 100 de las inversiones y gastos que sean necesarios para implantar el sistema y que se lleven a cabo en los años naturales 2020 y 2021. En concreto, dan derecho a esta deducción:

  • La adquisición del software de firma electrónica a implementar para dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con los registros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el desarrollo de la actividad.
  • La adquisición de equipos y terminales, con su software y periféricos asociados, que permitan cumplir con las obligaciones de Batuz.
  • La instalación e implantación de los equipos y sistemas anteriores.
¿Qué gastos e inversiones incentiva Batuz?

La deducción sólo incluye los gastos e inversiones correspondientes a las actuaciones llevadas a cabo para poder implantar el sistema en los años naturales 2020 y 2021, esto es, enmarcados exclusivamente para disponer por el contribuyente de los medios materiales de software y equipos informáticos estrictamente necesarios para poder cumplir con el sistema a partir de 1 de enero de 2022. A estos efectos, cuándo se produzca el pago de estas cantidades no es relevante, ya que lo que habrá que tenerse en cuenta es cuándo se produce la inversión y/o el gasto necesario para adaptarse al sistema, circunstancia que deberá cumplirse en los años naturales 2020 y 2021.

Por otro lado, de los documentos aportados para acreditar la deducción deberá desprenderse igualmente que se corresponden con dichos gastos e inversiones realizado en los años naturales 2020 y 2021 necesarios para implantar el sistema en el contribuyente. Estas circunstancias se exigirán igualmente para la facturación que realicen los negocios con pago por suscripción.

Descuento 30%

¿Qué contribuyentes pueden aplicar la deducción Batuz?
  • Las personas físicas que desarrollen una actividad económica.
  • Las personas jurídicas y demás entidades contribuyentes del IS. En particular y por excepción, pueden aplicar esta deducción los contribuyentes del IS que tengan la consideración de sociedades patrimoniales.
  • Los no residentes que operen mediante establecimiento permanente.
¿En el IS, en qué condiciones se puede aplicar la deducción? ¿Le afecta la regla de tributación mínima? ¿Le afecta los límites del 35 por 100 o del 70 por 100 sobre la cuota líquida?

La deducción Batuz es una deducción que se aplica sobre la cuota íntegra, por lo que puede reducir a 0 la cuota líquida. Es decir, la aplicación de esta deducción no está limitada por la regla de la tributación mínima. Igualmente a la aplicación de esta deducción no le afectan los límites de aplicación previstos para las deducciones sobre la cuota líquida (del 35 por 100 o del 70 por 100 de esta cuota), que sí limitan la aplicación en cambio de la mayoría de las deducciones por inversiones y gastos para el cálculo de la cuota efectiva del impuesto.

Descuento 30%

¿Cuál es el plazo de aplicación máximo de la deducción?

El año de generación de la deducción y los siguientes 30 años. Esto es, las cantidades no deducidas en el periodo de generación de este beneficio fiscal por insuficiencia de la cuota del contribuyente podrán aplicarse en las declaraciones de los períodos impositivos que concluyan en los treinta años inmediatos y sucesivos.

¿Afecta percibir una subvención por los mismos gastos e inversiones que dan derecho a la deducción?

Sí. Para el cálculo de la base de la deducción habrá de restarse el importe derivado de aplicar sobre las subvenciones recibidas para la realización de las citadas inversiones y gastos el porcentaje que resulte de la diferencia entre 100 y el tipo de gravamen aplicable a la entidad o contribuyente que aplique esta deducción.

gastos

Normalmente, el IVA soportado no deducible por la adquisición de bienes y servicios no da derecho a las deducciones del IS, aunque contablemente su importe forme parte del precio de adquisición de dichos bienes y servicios. ¿Sucede lo mismo con la deducción?

No. Por excepción, para el cálculo de la base de la deducción si se tendrá en cuenta el IVA soportado no deducible que forme parte del precio de adquisición de las inversiones y gastos necesarios para implantar el sistema TicektBAI.

¿Los gastos en que una empresa incurra internamente para el cumplimiento del sistema Batuz dan derecho a la aplicación de la deducción?

Sí. La deducción sólo regula de forma expresa la base de la deducción correspondiente a los gastos e inversiones que se llevan a cabo mediante la adquisición de bienes y servicios a terceros (indicando que la misma estará conformada básicamente por la contraprestación convenida). No obstante, también dan derecho a esta deducción las inversiones y gastos en los que la propia empresa haya incurrido para implantar el sistema TicketBAI. En este caso, para fijar la base de la deducción procede atender al coste interno de producción del elemento patrimonial que se trate.

gastos
¿Dónde se puede adquirir el software para el sistema TicketBAI?

El software que cumpla los requisitos de TicketBAI se podrá adquirir en el mercado, al igual que cualquier otro programa de facturación.
Se entenderá que un software cumple dichos requisitos cuando esté inscrito en el Registro de software que se cree al efecto.

Con DIAMAGES ASESOR Y DIAMAGES CLIENTE, será posible emitir las facturas con las especificaciones propias del nuevo sistema, sin necesidad de una mayor inversión en coste ni en tiempo de gestión.

Fuente:  Hacienda de Bizkaia

 

Sistema TicketBAI

Diamages

Diamages Cliente