- Festivos: Se incorporan los festivos para el año 2021. Tras realizar la actualización se deberán generar los calendarios laborales desde el menú Convenios, Calendarios, Generación de Calendarios.
Estas son las noticias de interés para el despacho profesional
Para su información, queremos comunicarle que la Tesorería General de la Seguridad Social ha publicado el BNR 19/2020 de 16 de octubre de 2020 que incorpora las siguientes novedades:
En breve publicaremos una nueva actualización de DIAMALAB que ya incorporará las novedades publicadas en el Boletín referenciado.
Para más información visite BNR 19/2020.
La persistencia de los efectos negativos sobre las empresas y el empleo de la situación de emergencia sanitaria causada por la COVID – 19 exige mantener las medidas excepcionales previstas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en sus artículos 22 y 23, relativos a las suspensiones y reducciones de jornada por causa de fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas con la COVID-19, así como las medidas extraordinarias vinculadas a las mismas en materia de protección por desempleo.
En el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo se contemplan distintas medidas para aliviar los efectos negativos sobre las empresas y el empleo.
El artículo 1 del nuevo RD Ley prorroga los ERTES de fuerza mayor automáticamente hasta el 31 de enero de 2021.
Las empresas que decidan prorrogar los ERTES, quedarán obligados a mantener el nivel de empleo durante 6 meses más.
Las empresas deberán tramitar de nuevo la prestación colectiva para los trabajadores afectados por el ERTE. El periodo para realizar este trámite abarca desde la fecha de entrada en vigor del RDL hasta el 20 de octubre de 2020.
Las prórrogas de ERTE de empresas con reducida recuperación de actividad.
La Disposición Adicional Primera prevé exoneraciones de las cuotas de seguridad social hasta el 31 de enero de los trabajadores afectados de aquellas empresas de sectores con una reducida tasa de recuperación de actividad:
No todas las empresas podrán exonerarse, solo lo podrán hacer aquellas cuya actividad esté incluida en el listado de CNAE que recoge el propio RDL 30/2020 en el ANEXO.
Además también podrán exonerarse las empresas con ERTE de fuerza mayor prorrogado cuyo negocio forme parte de la cadena de valor de empresas incluidas en el listado de CNAE.
Para considerar que forman parte de la cadena de valor o son dependientes indirectamente de esas empresas, tendrá que acreditarse que al menos un 50% de su facturación durante 2019 dependía de forma directa de ellas. O que su actividad real depende indirectamente de la desarrollada por las empresas incluidas en el listado de CNAE.
El artículo 2.1 del RD Ley 30/2020 crea un nuevo tipo de ERTE, el denominado ERTE por impedimento.
Podrán solicitarlo todas las empresas de cualquier sector o actividad que no puedan abrir o deban cerrar alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de nuevas restricciones o medidas adoptadas por las autoridades a partir del 1 de octubre.
El artículo 2.2 del RD Ley 30/2020 crea un nuevo tipo de ERTE, el denominado ERTE por limitación.
Podrán solicitarlo todas las empresas de cualquier sector o actividad que vean limitado el desarrollo normal de su actividad como consecuencia de nuevas restricciones o medidas adoptadas por las autoridades a partir del 1 de octubre.
Para su información, queremos comunicarle que la Tesorería General de la Seguridad Social ha publicado el BNR 18/2020 de 6 de octubre de 2020 que incorpora las siguientes novedades:
En breve publicaremos una nueva actualización de DIAMALAB que ya incorporará las novedades publicadas en el Boletín referenciado.
Para más información visite BNR 18/2020.
La Diputación Foral de Bizkaia ya ha comenzado la fase de pruebas del programa Batuz, en la que ya aceptan el envío de facturas digitales mediante el sistema TicketBAI, programa de digitalización y emisión inmediata de todo tipo de facturas, enmarcado dentro del proyecto Batuz.
De momento estará en fase de pruebas hasta el próximo 1 de enero de 2022 y será obligatorio para cualquier empresa o autónomo que genere facturas, independientemente de su volumen de facturación y número de facturas generadas. Cualquier operación de venta, sea esta de un importe menor y realizada en una tienda o establecimiento hostelero o bien una factura de un importe elevado, deberá ser enviada a Hacienda prácticamente en el momento de su generación e incluir un código QR contiene todos los datos de la factura.
Con el objetivo de facilitar la gestión del nuevo sistema, Hacienda ha lanzado una aplicación web gratuita en la que los contribuyentes pueden gestionar hasta 100 facturas anuales. Esta aplicación está disponible en www.batuz.eus y es necesario tener un certificado digital válido.
Las empresas también deberán elaborar un libro de registro digital con el detalle de todas las facturas emitidas y recibidas, lo cuál permitirá realizar un cruce de información de lo presentando por las diferentes partes.
Por otro lado, no cabrá la posibilidad de no declarar las facturas emitidas, ya que cualquier portador de un ticket o factura podrá realizar una comprobación online inmediata mediante el escaneo del código QR impreso y, de la misma manera, saber si esta se ha declarado debidamente a Hacienda.
En COMERALIA, estamos trabajando para incluir, el nuevo sistema TICKETBAI en DIAMAGES ASESOR y DIAMAGES CLIENTE, softwares de facturación y control de gestión más rápidos y sencillos del mercado y específico para el Asesor y su cliente.
Diamages Asesor y Diamages Cliente ya están registrados oficialmente como softwares garantes de TicketBAI y que existen importantes deducciones por la adquisición de estos softwares.
Fuente: El Correo.
Como bien sabrá, se están adoptando nuevas medidas en el ámbito Social y Laboral. Es por ello, que creemos necesario compartir todas estas novedades con vosotros y así poder facilitar la transmisión de información en estos momentos tan críticos que todos estamos pasando.
Para más información, visite BOE 30 de Septiembre.